Penal - Rol N° O-8287-2021

MIN. PUBLICO ARICA C/

Abstracto

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica. * RIT: 7-2022. * RUC: 009707-. * Fecha: 10 de junio de 2022. * Tipo de procedimiento: Abreviado. * Delito: Tráfico ilícito de drogas (Art. 3 de la Ley 20.000).

Hechos acreditados: * Fecha: 27 de octubre de 2021, en horas de la noche. * Lugar: Límite Político Internacional con la República de Perú, a la altura del Hito N° 9, en un paso no habilitado. * Conducta: fue sorprendido ingresando a territorio nacional portando una mochila que contenía seis paquetes con cocaína clorhidrato. * Cantidad de droga: 6387.7 gramos bruto y 6087.2 gramos neto. * Se le incautó un teléfono celular marca Samsung modelo Galaxy J2 Prime.

Calificación jurídica y pena impuesta: * Delito: Tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, según el artículo 3° en relación con el artículo 1° ambos de la Ley N° 20.000. * Pena: Tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, cuarenta unidades tributarias mensuales, inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos e inhabilitación absoluta para cargos y oficios públicos durante el tiempo de la condena, y comiso de las especies incautadas.

Beneficios/medidas accesorias otorgadas: * Sustitución de la pena privativa de libertad por la pena de Libertad Vigilada Intensiva, sujeta al control del Centro de Reinserción Social de Arica por el mismo tiempo de la condena.

Antecedentes relevantes del imputado: * Nombre: . * Edad: 17 años (menor de edad). * Estado civil: Soltero. * Ocupación: Obrero de construcción. * Se encontraba privado de libertad vía zoom.

Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * No se mencionan explícitamente atenuantes ni agravantes, pero la aplicación de una pena sustitutiva indica una valoración favorable al imputado.

Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * No se detallan los argumentos específicos de la fiscalía y la defensa, solo se indica que el Ministerio Público solicita se conozca y falle su acusación conforme al procedimiento abreviado.

Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * El imputado aceptó la totalidad de los hechos de la acusación y consintió en tramitar el asunto por procedimiento abreviado. * El Tribunal consideró los requisitos del artículo 15 de la Ley 18.216 (Ley de Libertad Condicional), que permiten la sustitución de la pena privativa de libertad.

Disposiciones legales determinantes: * Artículos 1°, 3° y 31 de la Ley N° 20.000. * Artículos 50, 68, 70 del Código Penal. * Artículo 15 bis, 7 y 7 ter de la Ley 18.216. * Artículos 238 y siguientes del Código Procesal Penal. * Artículo 4 de la Ley 18.216. * Artículo 33 del Código Procesal Penal.

Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * El sentenciado deberá cumplir con un plan de intervención individual aprobado por el Centro de Reinserción Social de Arica. * Deberá cumplir con las condiciones establecidas en el artículo 7 letras a), b) y c) de la Ley 18.216. * Deberá cumplir programas formativos, educacionales, laborales, culturales, relacionados con el plan de intervención (artículo 7 ter letra d) de la Ley 18.216). * En caso de revocación o quebrantamiento de la pena sustitutiva, el condenado cumplirá íntegramente la pena privativa de libertad impuesta.

Información sobre recursos disponibles o presentados: * Los intervinientes renunciaron a los plazos para recurrir, por lo que la sentencia se encuentra ejecutoriada.

Resumen

Datos básicos del caso: * Tribunal: Juzgado de Garantía de Arica. * RIT: 7-2022. * RUC: 009707-. * Fecha: 10 de junio de 2022. * Tipo de procedimiento: Abreviado. * Delito: Tráfico ilícito de drogas (Art. 3 de la Ley 20.000).

Hechos acreditados: * Fecha: 27 de octubre de 2021, en horas de la noche. * Lugar: Límite Político Internacional con la República de Perú, a la altura del Hito N° 9, en un paso no habilitado. * Conducta: fue sorprendido ingresando a territorio nacional portando una mochila que contenía seis paquetes con cocaína clorhidrato. * Cantidad de droga: 6387.7 gramos bruto y 6087.2 gramos neto. * Se le incautó un teléfono celular marca Samsung ...

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