Penal - Rol N° O-263-2021
ANONIMIZADO
Abstracto
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. * RUC: 2010010600-1. * RIT: 263-2021. * Fecha de la sentencia: 11 de julio de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 21 de febrero de 2020, aproximadamente a las 6:00 horas. * Lugar: Inmediaciones del Complejo Fronterizo de Chacalluta (Panamericana Norte, KM 2092, Arica). * Conductas: * fue sorprendido por Carabineros facilitando la entrada ilegal al país de personas extranjeras no residentes (incluidos menores de edad), transportándolas en su taxi. Además, coordinó el delito con un sujeto apodado "Daniel" a través de mensajes de texto. * fue sorprendido transportando migrantes venezolanos en su taxi. * Los migrantes ingresaron ilegalmente al país caminando desde Perú, guiados por "Daniel", quien les cobró por el traslado y les indicó cómo cruzar la frontera.
• Calificación jurídica y pena impuesta: * : Culpable de tráfico de migrantes agravado (artículo 411 bis, inciso 3°, del Código Penal), por facilitar o promover la entrada ilegal de personas, incluyendo menores de edad. Pena de 5 años y un día de reclusión mayor en su grado mínimo, inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos, inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena y una multa a beneficio fiscal de diez unidades tributarias mensuales. * : Absuelto.
• Antecedentes relevantes del imputado: * : * Edad: 44 años (nacido el 9 de septiembre de 1977). * Ocupación: Técnico en análisis químico. * Domicilio: . * Antecedentes penales: Una anotación vigente por manejo en estado de ebriedad, pese a que esta es de hace más de 10 años.
• Atenuantes/agravantes consideradas y su impacto: * Atenuante: Se consideró la atenuante de colaboración sustancial al esclarecimiento de los hechos (artículo 11 N° 9 del Código Penal) para Luis Calderón, quien entregó voluntariamente su celular para revisión, facilitando la investigación. * Agravante: No se consideraron agravantes. * Impacto: Debido a la atenuante y la menor extensión del mal causado, se aplicó la pena en el mínimum (5 años y un día).
• Argumentos principales de la fiscalía y la defensa: * Fiscalía: Argumentó que los acusados cometieron el delito de tráfico de migrantes, presentando pruebas de la facilitación y promoción de la entrada ilegal de extranjeros con ánimo de lucro. * Defensa: * Defensa de Guerra: Argumentó por la absolución de Juan Guerra, negando la existencia del delito y el dolo. * Defensa de Calderón: Negó la participación como autor, argumentando que se dedicaba al transporte de personas como taxista, y que no participó en la entrada ilegal.
• Fundamentos clave del tribunal para su decisión: * Condena a Calderón: El tribunal consideró probado el delito de tráfico de migrantes agravado en base a: * Declaraciones de las víctimas, quienes relataron cómo fueron contactadas, cómo pagaron por el traslado y las condiciones en las que cruzaron la frontera. * Declaración del soldado militar Ángel Darío Sara Almuna quien observó el ingreso de personas por el Hito 10. * Testimonio del Carabinero Erik Alexis Godoy Saldaña, que detuvo los vehículos. * Análisis del teléfono de Calderón, que reveló comunicaciones con "Daniel", donde coordinaban el traslado de migrantes y se intercambiaban información. * Absolución de Guerra: El tribunal consideró que la prueba presentada por la fiscalía fue insuficiente para acreditar la participación de Guerra en el delito. No se probó el conocimiento y el dolo requerido.
• Disposiciones legales determinantes: * Artículo 411 bis, incisos 1° y 3°, del Código Penal (tráfico de migrantes). * Artículo 11 N° 9 del Código Penal (atenuante de colaboración sustancial). * Artículo 15 N° 1 del Código Penal (autoría). * Artículo 67 inciso 2° del Código Penal (aplicación de la pena). * Artículo 69 del Código Penal (menor extensión del mal causado). * Artículo 340 del Código Procesal Penal (convicción más allá de toda duda razonable).
• Condiciones impuestas en caso de suspensión y consecuencias del incumplimiento: * No se aplicaron penas sustitutivas a Luis Calderón, por lo que deberá cumplir la pena de reclusión de manera efectiva. * La multa impuesta deberá ser cancelada en cuotas mensuales y sucesivas equivalentes al valor de una unidad tributaria mensual. El no pago de una sola de las parcialidades, hará exigible el total de la multa adeudada.
• Información sobre recursos disponibles o presentados: * No se menciona información sobre recursos presentados.
Resumen
• Datos básicos del caso: * Tribunal: Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Arica. * RUC: 2010010600-1. * RIT: 263-2021. * Fecha de la sentencia: 11 de julio de 2022. * Tipo de procedimiento: Juicio oral.
• Hechos acreditados: * Fecha: 21 de febrero de 2020, aproximadamente a las 6:00 horas. * Lugar: Inmediaciones del Complejo Fronterizo de Chacalluta (Panamericana Norte, KM 2092, Arica). * Conductas: * fue sorprendido por Carabineros facilitando la entrada ilegal al país de personas extranjeras no residentes (incluidos menores de edad), transportándolas en su taxi. Además, coordinó el delito con un sujeto apodado "Daniel" a través de mensajes de texto. * **[Red...
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