SII - Oficio N°3693 (06/08/1981)
Servicio de Impuestos Internos aclara tributación de Instituciones de Salud Previsional
Abstracto
Oficio del Servicio de Impuestos Internos detalla la tributación del Impuesto al Valor Agregado y a la Renta aplicable a las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES) en Chile, según su operación y prestaciones.
Resumen
- El DFL N° 3 establece las normas para la organización de las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES) que brindarán diversas prestaciones de salud a trabajadores dependientes e independientes.
- El Decreto Ley N° 3500 creó un nuevo sistema de pensiones, y su artículo 849 modificado por el DL N° 46 permite a los trabajadores dependientes enterar una cotización del 4% de sus remuneraciones imponibles destinadas a financiar prestaciones de salud.
- Las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES) se definen legalmente y sustituyen al Fondo Nacional de Salud (FONASA) y a los servicios de salud en el otorgamiento de prestaciones y beneficios de salud, conforme a las leyes N° 10383, 6781 y la ley N° 6174.
- Las ISAPRES son personas jurídicas sujetas a sus propias disposiciones legales y re...
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