SII - Oficio N°3738 (10/08/1981)
Tratamiento IVA refacturación servicios exportación mandatarios a productores Chile
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos aclara el tratamiento del IVA en la refacturación de gastos de exportación por mandatarios a productores, distinguiendo entre remuneración total y reembolso de gastos bajo condiciones específicas.
Resumen
- La consulta se refiere a la procedencia de que mandatarios exportadores refacturen a sus mandantes productores los servicios de embarque y despacho aduanero, y si esta refacturación debe incluir IVA.
- Se invoca el artículo 129, letra B, N° 13 del decreto ley N° 825, que exime de IVA a ciertos servicios relacionados con la exportación, como los de embarque y despacho.
- El artículo 10º, inciso segundo, del decreto ley N° 825 determina que el gravamen al valor agregado afectará a quien realice la prestación en aquellas operaciones definidas como servicios.
- El mandatario exportador solo es sujeto del IVA por el monto de su remuneración como tal, y no por los gastos que incurre por cuenta del mandante productor.
- La procedencia de la refacturación de gastos de exportación por el mandatar...
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