SII - Oficio N°1779 (02/06/1986)
Tributación de bonificaciones y asignaciones militares para personal activo y jubilado
Abstracto
El SII aclara que ciertas asignaciones militares para personal activo no constituyen renta, pero para personal jubilado sí son afectas a impuesto único de segunda categoría al incorporarse a la pensión.
Resumen
- El Servicio de Impuestos Internos (SII) emite un pronunciamiento sobre la tributación de la Bonificación de Mando y Asignación de Alto Mando creadas por el D.L. Nº 2546, de 1979.
- La consulta original buscaba determinar si estas bonificaciones tributaban de forma similar a los sobresueldos y gratificaciones especiales de los artículos 115 y 118 del D.F.L. Nº 1, de 1968, es decir, si estaban exentas de impuesto a la renta.
- El SII ha modificado su tratamiento tributario para los sobresueldos y gratificaciones especiales referidos en los artículos 115 y 118 del D.F.L. Nº 1, de 1968, revirtiendo su postura original del oficio Nº 2244, de 1971.
- Las asignaciones y gratificaciones especiales contempladas en los artículos 115 y 118 del D.F.L. Nº 1, de 1968 (con excepción de la letra h) del ...
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