SII - Oficio N°1831 (06/06/1986)

Tributación de Bonificación Profesional para pensionados de Carabineros

Abstracto

Este oficio del SII determina que la Bonificación Profesional para pensionados de Carabineros, si se integra a la pensión, está afecta al impuesto único de Segunda Categoría de la Ley de la Renta.

Resumen

  • La consulta presentada al Servicio de Impuestos Internos (SII) se refiere a si la Bonificación Profesional, percibida por un imponente en calidad de pensionado de la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile, se encuentra afecta a impuesto a la renta.
  • El SII solicitó un pronunciamiento a la Dirección de Previsión de Carabineros de Chile para resolver la consulta, indagando sobre las disposiciones legales que regulan el otorgamiento y vigencia de dicha bonificación.
  • La Dirección de Previsión de Carabineros informó que la Bonificación Profesional fue establecida para el personal en retiro de Carabineros mediante el artículo 30 de la Ley Nº 16.466 de 1966, con modificaciones posteriores introducidas por el artículo 42 del D.F.L. Nº 3 de 1968 y el artículo 7º del D.L. Nº 260 de 1974...

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