SII - Oficio N°1907 (17/06/1986)
Dictamen sobre exención IVA de donaciones municipales importadas
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos determina que las municipalidades se benefician de la exención de IVA para importaciones de donaciones y socorros, al ser consideradas corporaciones de derecho público, conforme al Decreto Ley N°825 de 1974.
Resumen
- Se solicitó dictaminar sobre el alcance de la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) contenida en el inciso segundo del artículo 107, letra B, del Decreto Ley N°825 de 1974, con el fin de determinar si las Municipalidades se encuentran incluidas en dicha franquicia.
- La consulta se originó a raíz de la Ordinaria N°503, de fecha 12 de mayo de 1986, de la Dirección Regional de Coyhaique, respecto a donaciones provenientes del exterior en beneficio de municipalidades.
- El artículo 129 del Decreto Ley N°825 de 1974 establece que estarán exentas del impuesto las importaciones de donaciones y socorros calificados como tales, destinadas a corporaciones y fundaciones, y a las universidades.
- El análisis jurídico aplicable sostiene que las Municipalidades deben ser consideradas benefici...
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