SII - Oficio N°3042 (19/08/1993)
IVA en servicios de estudio y diseño para sistemas de agua potable
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos aclara que estudios de ingeniería para agua potable son hechos gravados con IVA, pero la facturación de filiales a CORFO debe indicar exención.
Resumen
- La Corporación de Fomento de la Producción (CORFO) consultó al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a los servicios de estudio y diseño de ingeniería para sistemas de agua potable, prestados a través de sus empresas filiales.
- CORFO manifestó que sus empresas filiales celebran contratos de servicios sanitarios y, a su vez, encargan los estudios y diseños a profesionales especializados independientes, facturando a CORFO sin recargo adicional por estos servicios profesionales.
- El Decreto Ley N° 825 de 1974, en su artículo 22, define el servicio como hecho gravado con IVA a toda acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe una remuneración.
- Para que un servicio sea considerado hecho gravado con IVA,...
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