SII - Oficio N°364 (21/01/1994)

Servicio de Impuestos Internos: exención de renta para colegios subvencionados

Abstracto

El SII niega exención general de impuesto a la renta para colegios, pero aclara que subsidios y matrículas para gastos operacionales sí están exentos bajo normativa específica.

Resumen

  • La solicitud se refiere a la exención del impuesto a la renta para el año 1992 presentada por un establecimiento educacional particular subvencionado.
  • El establecimiento fundamentó su solicitud en su carácter de no perseguir fines de lucro, cooperador de la función educacional del Estado y no haber sido requerido previamente de pago de impuesto.
  • Las rentas provenientes de establecimientos educacionales se clasifican de forma expresa en el N° 4 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
  • Dichos establecimientos son tipificados como contribuyentes de la Primera Categoría de la Ley de la Renta, quedando sometidos a todas las normas legales que rigen a este grupo de contribuyentes.
  • La Ley de la Renta y otros textos legales no contemplan disposiciones expresas que eximan de i...

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