SII - Oficio N°478 (28/01/1994)
Servicio de Impuestos Internos: Tributación de Aporte de Bien Raíz a Sociedad en Formación
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos aclara que el aporte de un bien raíz a una sociedad en formación constituye una enajenación sujeta al artículo 17 N° 8, letra i) de la Ley de la Renta, no aplicándose el inciso penúltimo de dicho precepto.
Resumen
- El Servicio de Impuestos Internos analiza la consulta sobre la situación tributaria de un grupo de personas naturales que desean constituir una sociedad y transferir un bien raíz de su propiedad como aporte de capital.
- Se considera que la operación descrita, de transferir un bien raíz a una persona jurídica en formación, constituye una enajenación, empleando una acepción amplia de dicho término.
- La enajenación de un bien raíz en este contexto es aplicable al tratamiento tributario dispuesto en el artículo 17, número 8, letra i) de la Ley de la Renta.
- La aplicación de la norma del artículo 17, N° 8, letra i) de la Ley de la Renta, se realiza en concordancia con lo establecido en el artículo 18 de la misma ley.
- Se especifica que esta disposición concurrente con el artículo 18 es pe...
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