SII - Oficio N°479 (28/01/1994)
Titularidad y obligaciones tributarias en adquisición de acciones vía corredores de bolsa
Abstracto
Las obligaciones y beneficios tributarios de acciones adquiridas por corredores de bolsa a nombre propio recaen en los dueños reales si se acredita la propiedad, conforme a diversas normativas.
Resumen
- Las obligaciones y beneficios tributarios derivados de la inversión en acciones de primera emisión de sociedades anónimas abiertas, adquiridas por corredores de bolsa por encargo de sus mandantes e inscritas a su nombre bajo custodia, corresponden a los dueños reales de dichas acciones, siempre que se acredite fehacientemente que estas no son de su propiedad y que las operaciones constituyen simples traspasos sin compraventa.
- Los corredores de bolsa se encuentran autorizados para tener acciones de terceros a nombre propio en custodia, actuando como depositarios y no como dueños, siempre que cumplan con los requisitos e instrucciones impartidas por la Superintendencia de Valores y Seguros para la administración de cartera y custodia de valores de oferta pública.
- Cuando los traspasos d...
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