SII - Oficio N°1297 (31/03/1994)
Interpretación treaty regalías y fuente tributaria Chile-Argentina TV satelital
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos rechaza reconsideración, confirmando que pagos por TV satelital desde Argentina a Chile son regalías gravables en Chile por su utilización económica.
Resumen
- Se solicita la reconsideración de lo dictaminado en el Oficio N° 497 de 1º de febrero de 1994, referente al tratamiento tributario de pagos por recepción de programas de televisión desde Argentina a Chile vía satélite.
- El Oficio N° 497 calificó los pagos por programas de televisión vía satélite desde Argentina a Chile como 'regalías' y determinó que la fuente productora de dichas regalías se encuentra en Chile, aplicando el Artículo 59 de la Ley de la Renta.
- El recurrente sostiene que la fuente productora de las regalías, según una interpretación del Artículo 9º del Convenio, corresponde al país donde se registran los derechos generadores de la obra intelectual, y no donde se utiliza la transmisión.
- El Servicio de Impuestos Internos (SII) discrepa del criterio del recurrente y reaf...
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