SII - Oficio N°2590 (15/07/1994)

Servicio Impuestos Internos: IVA importación maquinaria usada exiliado político

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos informa al Subsecretario de Hacienda sobre la imposibilidad de diferir el pago del IVA en la importación de maquinaria usada por un exiliado político, pues excede el valor legal y lo califica como sujeto del tributo.

Resumen

  • Un exiliado político retornado al país solicitó al Servicio de Impuestos Internos (SII) la posibilidad de diferir el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la importación de maquinaria usada destinada a su actividad profesional.
  • El valor total de las especies importadas asciende aproximadamente a ciento treinta mil dólares (US$ 130.000).
  • La Ley Nº 19.128 establece una franquicia para exiliados políticos retornados que declara exentas de gravámenes e impuestos a la importación de útiles de trabajo hasta por un valor FOB de diez mil dólares (US$ 10.000).
  • Dado que el valor de las especies importadas (US$ 130.000) excede el límite de US$ 10.000 fijado por la Ley Nº 19.128, la importación no califica completamente para las franquicias de dicha ley.
  • Según el Artículo 64º, inciso...

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