SII - Oficio N°4316 (02/12/1994)

Tratamiento Tributario de Operaciones en Mercado de Futuro y Opciones sobre Acciones

Abstracto

Este oficio detalla el tratamiento tributario aplicable a las operaciones en los Mercados de Futuro y Opciones sobre Acciones, clasificando las rentas y definiendo los impuestos (Renta, Ventas y Servicios) aplicables a distintos tipos de contribuyentes en Chile.

Resumen

  • Los contratos de futuro en el Mercado de Futuro son estandarizados, fijando precio y fecha para la compra o venta de un activo determinado.
  • La valorización diaria de los contratos de futuro tiene por objeto mantenerlos valorizados a precio de mercado.
  • Las pérdidas producidas en operaciones de Futuro deben ser enteradas al día siguiente por el inversionista, mientras que las ganancias obtenidas pueden ser retiradas al día subsiguiente.
  • Las rentas provenientes de las operaciones en el Mercado de Futuro se clasifican como rentas de capital mobiliario, tipificadas como rentas del N° 2 del artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
  • Para contribuyentes no obligados a llevar contabilidad, las rentas del Mercado de Futuro, obtenidas sobre la base de su percepción, están afect...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora