SII - Circular N°41 (27/10/1995)
IVA: Venta de bienes muebles e inmuebles antes de doce meses
Abstracto
La Circular 41/1995 explica la modificación legal que grava con IVA la venta de bienes muebles o inmuebles realizada por un contribuyente antes de transcurridos doce meses desde su adquisición o construcción, si se accedió a crédito fiscal por dicha adquisición o construcción, incluso si los bienes no formaron parte del activo realizable.
Resumen
- La Ley 19.398, publicada el 04 de agosto de 1995, modificó el Decreto Ley N° 825 de 1974 (Ley de IVA) mediante la adición de la letra m) al artículo 8, y la modificación de los artículos 12 (letra A N° 1) y 41.
- Se establece un nuevo hecho gravado con IVA para la venta de bienes corporales muebles o inmuebles efectuada por un contribuyente.
- Este nuevo hecho gravado aplica cuando la venta se realiza antes de transcurridos doce meses desde la adquisición, fabricación o construcción del bien, siempre que el vendedor haya tenido derecho al uso del crédito fiscal por dicha adquisición, fabricación o construcción.
- La aplicación de este nuevo gravamen no requiere que los bienes formen parte del activo realizable del vendedor ni que su venta sea parte del giro habitual del negocio.
- La nor...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora