SII - Oficio N°3553 (23/12/1996)
Servicio de Impuestos Internos: IVA en cobro de sala de procedimientos médicos
Abstracto
El SII aclara que el cobro por el uso de sala de procedimientos médicos por especialistas, cuando sus rentas son exentas de IVA, también se encuentra exento de dicho tributo. La limitación de un oficio anterior no aplica a rentas ya exentas por ley.
Resumen
- La tributación con IVA del cobro de una sala de procedimientos por un médico especialista es materia de análisis.
- El Artículo 82 del D.L. N°825 establece el Impuesto al Valor Agregado (IVA) sobre ventas y servicios.
- El Artículo 29, N°2 del D.L. N°825 define "servicio" como toda acción o prestación remunerada proveniente del ejercicio de actividades comprendidas en los N°3 y 4 del Artículo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
- El Artículo 20, N°4 de la Ley sobre Impuesto a la Renta considera rentas afectas las obtenidas por clínicas, hospitales y laboratorios particulares.
- El Artículo 129, letra E), N°8 del D.L. N°825 exime de IVA a los ingresos señalados en los Artículos 420 y 489 de la Ley de Impuesto a la Renta.
- Las rentas obtenidas por un médico que ejerce libre e independ...
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