SII - Oficio N°1264 (13/06/1997)
Tributación de Comunidad por Liquidación de Sociedad y Bien Raíz
Abstracto
Este oficio interpreta la tributación de una comunidad formada por liquidación societaria respecto de un bien raíz, abordando su arriendo y posterior enajenación.
Resumen
- Consulta sobre régimen tributario aplicable a una comunidad formada por la liquidación de una sociedad de responsabilidad limitada, que poseerá un bien raíz agrícola, en los escenarios de arriendo o venta del mismo.
- Una comunidad se configura cuando una misma cosa pertenece a varias personas que pueden ejercer simultáneamente derechos de igual naturaleza jurídica sobre ella; el contribuyente es cada comunero en particular, por su proporción de rentas, y no la comunidad misma, que carece de personalidad jurídica.
- Las comunidades pueden ser aceptadas como contribuyentes frente a la Ley de la Renta, tributando con el Impuesto de Primera Categoría por las rentas devengadas o percibidas, siempre que se acredite fehacientemente el dominio común del negocio o empresa.
- Los respectivos comu...
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