SII - Oficio N°3063 (22/12/1997)
Interpretación Servicio Impuestos Internos sobre Impuesto Adicional y IVA
Abstracto
Oficio del Servicio de Impuestos Internos de Chile que aclara la aplicación del Impuesto Adicional a personas sin domicilio ni residencia en el país, y detalla el tratamiento del IVA para empresas de servicios nacionales y extranjeras.
Resumen
- El Impuesto Global Complementario en Chile aplica exclusivamente a personas naturales con domicilio o residencia en el país, tanto por rentas de fuente interna como de fuente extranjera.
- El Impuesto Adicional grava a personas naturales que no tengan residencia ni domicilio en Chile, y a personas jurídicas constituidas en el extranjero, por las rentas de fuente chilena que perciban o devenguen.
- La tasa general del Impuesto Adicional sobre rentas de fuente chilena para personas sin domicilio ni residencia en Chile es del 35%.
- Personas naturales extranjeras y sociedades constituidas fuera del país con establecimientos permanentes en Chile pagan el 35% de Impuesto Adicional sobre el total de las rentas de fuente chilena que retiren o remesen al exterior (Art. 58 N° 1, Ley de la Renta)....
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