SII - Oficio N°3063 (22/12/1997)

Interpretación Servicio Impuestos Internos sobre Impuesto Adicional y IVA

Abstracto

Oficio del Servicio de Impuestos Internos de Chile que aclara la aplicación del Impuesto Adicional a personas sin domicilio ni residencia en el país, y detalla el tratamiento del IVA para empresas de servicios nacionales y extranjeras.

Resumen

  • El Impuesto Global Complementario en Chile aplica exclusivamente a personas naturales con domicilio o residencia en el país, tanto por rentas de fuente interna como de fuente extranjera.
  • El Impuesto Adicional grava a personas naturales que no tengan residencia ni domicilio en Chile, y a personas jurídicas constituidas en el extranjero, por las rentas de fuente chilena que perciban o devenguen.
  • La tasa general del Impuesto Adicional sobre rentas de fuente chilena para personas sin domicilio ni residencia en Chile es del 35%.
  • Personas naturales extranjeras y sociedades constituidas fuera del país con establecimientos permanentes en Chile pagan el 35% de Impuesto Adicional sobre el total de las rentas de fuente chilena que retiren o remesen al exterior (Art. 58 N° 1, Ley de la Renta)....

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora