SII - Oficio N°3067 (22/12/1997)
Aplicación del IVA en distribución de gastos y refacturaciones dentro de holdings
Abstracto
El documento aclara que la distribución de gastos globales como seguros dentro de un holding no es un hecho gravado con IVA, salvo por la remuneración de servicios, y detalla condiciones para facturar IVA en refacturaciones de bienes y servicios.
Resumen
- La Decima Dirección Regional consulta si una empresa dentro de un 'holding' puede facturar a otras empresas del grupo, recargando IVA, la distribución o asignación de gastos incurridos para contratar seguros en forma global.
- La operación consultada consiste en que una empresa intermedia en la adquisición de seguros para bienes propios de diversas empresas de un holding, las cuales le encomiendan dicha adquisición.
- La empresa que realiza la intermediación y posterior prorrateo de gastos de seguros se dedica a la elaboración de madera y no a la prestación de seguros, ni actúa como agente o corredor.
- El prorrateo entre los interesados del gasto en que incurre una persona al adquirir bienes o servicios para terceros, en forma global, no constituye el hecho gravado con impuesto al valor...
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