SII - Circular N°8 (29/01/1999)
Circular N° 8: Instrucciones sobre modificación artículo 11 Ley de la Renta
Abstracto
La Circular N° 8 de 1999 clarifica las instrucciones sobre las modificaciones al artículo 11 de la Ley de la Renta introducidas por la Ley N° 19.601, detallando qué valores extranjeros no se considerarán situados en Chile y sus efectos tributarios.
Resumen
- La Ley N° 19.601, publicada el 18 de enero de 1999, modificó el artículo 11 de la Ley de la Renta mediante su artículo 6°, agregando un inciso final.
- El nuevo inciso final del artículo 11 de la Ley de la Renta establece que ciertos valores o títulos no se considerarán situados en Chile, cumpliendo con las condiciones y requisitos especificados.
- Los valores extranjeros o Certificados de Depósito de Valores emitidos en Chile que representen valores extranjeros, regulados por el Título XXIV de la Ley N° 18.045, y emitidos por entidades no domiciliadas en Chile u organismos internacionales, no se considerarán situados en Chile.
- Las cuotas de fondos de inversión internacional, regidos por la Ley N° 18.815, tampoco se considerarán situadas en Chile.
- Los valores autorizados por la Super...
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