SII - Oficio N°24 (06/01/1999)

Tributación IVA en almuerzos de casino de personal Parque Metropolitano

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara que los almuerzos proporcionados por el casino de personal del Parque Metropolitano de Santiago están afectos a IVA, configurándose como venta según D.L. 825, al no existir exención aplicable.

Resumen

  • La Dirección del Parque Metropolitano de Santiago consultó al Servicio de Impuestos Internos (SII) sobre la tributación con IVA del pago efectuado al Casino de Personal de dicho organismo por un almuerzo realizado el 14-9-98 en la Casa de la Cultura, con motivo del seminario “Plan Regional de Desarrollo Urbano”.
  • El artículo 8° del Decreto Ley N° 825, de 1974, establece que las ventas y servicios se gravan con el Impuesto al Valor Agregado (IVA).
  • El artículo 2° N° 1 del Decreto Ley N° 825, de 1974, define "venta" como toda convención que, independiente de su denominación, sirva para transferir a título oneroso el dominio de bienes corporales muebles.
  • El suministro de comidas y bebidas mediante el pago de un precio se configura como un hecho gravado de "venta" bajo la normativa del I...

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