SII - Oficio N°4153 (16/11/1999)

Servicio de Impuestos Internos aclara Ley Nº 19.606 sobre incentivos regionales

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara la Ley Nº 19.606, detallando la aplicabilidad del crédito tributario por inversiones regionales, la definición de fecha de término de proyectos y la procedencia de solicitar verificación para proyectos en planificación, no en ejecución.

Resumen

  • La Ley Nº 19.606 establece un crédito tributario para contribuyentes que realicen inversiones destinadas al desarrollo económico en las Regiones XI y XII, y la provincia de Palena.
  • El crédito tributario por inversiones bajo la Ley Nº 19.606 es deducible del impuesto de Primera Categoría determinado por el contribuyente, siempre que este declare renta efectiva según contabilidad completa.
  • El crédito tributario puede ser deducido del impuesto total que deba pagar el contribuyente, independientemente de si las rentas provienen de actividades desarrolladas en las regiones favorecidas por la ley o fuera de ellas.
  • El derecho a invocar el crédito tributario surge al término del ejercicio comercial en que ocurra la adquisición de los bienes destinados a la inversión o la conclusión definit...

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