SII - Oficio N°4319 (29/11/1999)

Oficio sobre impuestos a vehículos vendidos por diplomáticos extranjeros en Chile

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara el régimen tributario aplicable a la venta de vehículos importados bajo franquicia por diplomáticos extranjeros residentes en Chile, conforme a la Ley N° 19.633, detallando plazos y gravámenes aplicables.

Resumen

  • Se consulta acerca de los gravámenes aplicables a la venta de vehículos por diplomáticos extranjeros residentes en Chile, tanto durante su misión como al finalizarla.
  • La Ley N° 19.633 modifica el régimen tributario que afecta a la importación de automóviles acogidos a franquicias especiales bajo el Capítulo 0 del Arancel Aduanero.
  • Los vehículos importados con exención total o parcial de derechos bajo franquicias especiales no podrán ser objeto de negociaciones (compraventa, arrendamiento, etc.) por personas extrañas al beneficiario antes de transcurridos tres años desde su importación al país.
  • Se permite la negociación de estos vehículos antes de los tres años, siempre que se entere en arcas fiscales la diferencia entre los derechos efectivamente pagados al momento de la importació...

Desbloquea el contenido completo gratis

Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.

Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con

Investigación Jurídica con IA

Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.

Prueba ahora