SII - Oficio N°729 (07/03/2000)

Servicio de Impuestos Internos aclara exención IVA importación Gendarmería

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos dictamina que Gendarmería de Chile, por sus funciones de resguardo de la seguridad pública, accede a exención de IVA para la importación de armamento, municiones y otros pertrechos, conforme al D.L. N° 825.

Resumen

  • Se analiza la procedencia de la exención del Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la importación de armamento, municiones y otros elementos por parte de Gendarmería de Chile.
  • La consulta se basa en el artículo 12°, letra B, N° 1 del Decreto Ley N° 825, de 1974, que establece exenciones tributarias para ciertas importaciones.
  • La norma legal citada otorga exención a la importación de maquinaria bélica, armamento, elementos o partes para su fabricación, armaduría, municiones y otros pertrechos, efectuada por el Ministerio de Defensa Nacional y entidades que desarrollen funciones relativas a la defensa nacional, resguardo del orden y seguridad públicas o policiales.
  • Se considera la calidad de Gendarmería de Chile como una 'institución no dependiente del Ministerio de Defensa Nacional ...

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