SII - Oficio N°2680 (05/07/2000)
Tratamiento tributario importación monedas oro Canadá según TLC Chile
Abstracto
Oficio Circular del SII aclara que monedas de oro canadienses importadas con fines financieros están exentas de IVA e Impuesto Adicional, conforme al TLC Chile-Canadá y GATT.
Resumen
- Las transacciones de monedas de oro o títulos representativos son consideradas operaciones de cambios internacionales, tratadas como moneda extranjera según la Ley Orgánica Constitucional del Banco Central.
- Para efectos aduaneros y tributarios, la introducción, salida o tránsito internacional de oro, en cualquier forma, se considera mercancía.
- Generalmente, la importación de oro, incluso como medio de pago, está afecta a IVA e Impuesto Adicional (Art. 37 letra a) D.L. 825), a diferencia de su venta interna como medio de pago.
- El Gobierno de Canadá solicitó la revisión del tratamiento tributario de la importación de monedas de oro hacia Chile, invocando compromisos internacionales.
- El Ministerio de Relaciones Exteriores interpretó el Tratado de Libre Comercio (TLC) entre Chile y C...
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