SII - Oficio N°3045 (04/08/2000)
Servicio de Impuestos Internos: Tributación de Cementerios y Contribuyentes
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos informa que los cementerios son contribuyentes de Primera Categoría afectos a normas generales, y que no existen regulaciones específicas, aclarando además el alcance de su rol en la resolución de consultas tributarias.
Resumen
- El Servicio de Impuestos Internos (SII) tiene como función resolver consultas de los contribuyentes en materias de su competencia, siempre que invoquen un interés actual, comprometido y específico respecto de su situación real.
- El SII no se pronuncia sobre peticiones que digan relación con hechos hipotéticos o no configurados que no afecten tributariamente al contribuyente consultante.
- Todas las personas naturales o jurídicas revisten la calidad de contribuyentes si están expuestas o propensas a algún tributo.
- La tributación se basa en la actividad económica, los actos, contratos y beneficios pecuniarios que obtienen las personas, no en su naturaleza intrínseca, salvo excepciones legales.
- El SII no ha impartido una normativa general sobre la tributación específica de los cementer...
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