SII - Oficio N°3110 (09/08/2000)

Cálculo de Interés Real en Depósitos Extranjeros: Interpretación Tributaria

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara que el cálculo del interés real en depósitos en moneda extranjera, según Art. 41 bis, no incluye diferencias de cambio no realizadas sobre el capital, y detalla el tratamiento tributario de ganancias y pérdidas de cambio.

Resumen

  • El artículo 41 bis de la Ley de la Renta establece una norma genérica de carácter legal para el cálculo de intereses reales provenientes de depósitos en moneda extranjera, fundamentada en el principio de equidad tributaria.
  • La norma legal para la determinación del interés real a declarar no distingue la moneda en que se efectúan las inversiones, siendo aplicable la normativa de deflactación que contempla dicha disposición, ya sea en moneda nacional o extranjera.
  • El objetivo de la norma es depurar los efectos de la inflación que sufre la moneda nacional, determinando un interés real sobre el cual el contribuyente aplique los impuestos, y no sobre un interés nominal acrecentado por la variación del Índice de Precios al Consumidor.
  • La metodología de cálculo de intereses para depósitos...

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