SII - Oficio N°3158 (10/08/2000)
Declaración de Rentas Accesorias y Complementarias Devengadas en Múltiples Períodos Tributarios
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos clarifica que rentas accesorias o complementarias se declaran según su devengamiento, no fecha de pago, instruyendo rectificación de Declaraciones Juradas y certificados emitidos.
Resumen
- El Consejo de Defensa del Estado consultó sobre la correcta imputación tributaria de rentas accesorias o complementarias, específicamente una 'asignación por modernización' y una 'bonificación anual de estímulo', que fueron pagadas retroactivamente en un solo evento pero devengadas en varios períodos.
- La 'asignación por modernización', establecida por Ley N° 19.553, se hizo aplicable al personal del Consejo de Defensa del Estado a partir del 01 de enero de 1998, y fue pagada retroactivamente en agosto de 1999.
- La 'bonificación anual de estímulo', concedida por Ley N° 19.646 (Art. 12), entró en vigencia el 01 de enero de 1999 y se pagaba trimestralmente; se aclara que la cantidad pagada en cada cuota se entiende devengada por partes iguales en cada mes del trimestre respectivo.
- Esta...
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