SII - Oficio N°4604 (29/11/2000)

Interpretación sobre emisión de boletas de honorarios en proyectos FONDART

Abstracto

Oficio aclara que boletas de honorarios percibidos por ejecutores de proyectos FONDART deben emitirse a nombre de la Secretaría Regional Ministerial de Educación, la cual debe practicar la retención de impuesto correspondiente.

Resumen

  • El Fondo de Proyectos de Desarrollo Artístico y Cultural (FONDART), regulado por el Decreto Supremo N° 71/2000 del Ministerio de Educación Pública, es una entidad sin personalidad jurídica encargada de distribuir fondos públicos para proyectos de creación y producción artística a través de concursos.
  • Los fondos de los proyectos FONDART adjudicados se entregan en dos cuotas y requieren rendición de cuentas documentada, siendo la duración de cada proyecto variable entre uno y cinco meses.
  • Los gastos de los proyectos pueden incluir honorarios, gastos de operación y gastos de inversión, y el Reglamento del FONDART establece un límite administrativo de $400.000 por ejecutor para los honorarios, según su artículo 42°.
  • Se plantea una problemática sobre la correcta emisión de boletas de ho...

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