SII - Resolución N°5281 (30/11/2000)

Cambio de Sujeto de Derecho del IVA en Ventas de Trigo en Chile

Abstracto

Resolución del Servicio de Impuestos Internos que modifica el sujeto de derecho del IVA en ventas de trigo, estableciendo mecanismos de retención parcial y total para determinados adquirentes, con el fin de cautelar intereses fiscales y mejorar el control tributario.

Resumen

  • Las ventas de trigo están afectas al Impuesto al Valor Agregado (IVA) de conformidad con el D.L. N° 825 de 1974.
  • Generalmente, el vendedor es el sujeto pasivo del IVA, pero la Dirección Nacional del SII puede determinar que el adquirente lo sea en casos específicos, según el inciso tercero del artículo 3° del D.L. N° 825 de 1974.
  • Esta resolución aplica la facultad de determinar el cambio de sujeto de derecho del IVA en las ventas de trigo para cautelar intereses fiscales.
  • Se dispone un cambio parcial del sujeto de derecho del IVA al adquirente en las ventas de trigo efectuadas a: Molinos, Fábricas de Fideos y de Sémolas; adquirentes que compraron 5.000 toneladas métricas anuales o más de trigo (histórico o en el período Diciembre-Noviembre); empresas contratadas por COTRISA; y aque...

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