SII - Oficio N°4607 (29/12/2000)
Aplicación de beneficios tributarios a Cajas de Compensación en Leasing Habitacional
Abstracto
Dictamen concluye que Cajas de Compensación no son 'instituciones financieras' y sus rendimientos de cuentas de Leasing Habitacional no califican como 'intereses', excluyéndolas de beneficios tributarios de Ley N° 19.578.
Resumen
- La Ley N° 19.281 autoriza a bancos, sociedades financieras y Cajas de Compensación de Asignación Familiar (CCAFs) a administrar cuentas de ahorro destinadas al arrendamiento de viviendas con promesa de compraventa, estableciendo que los fondos depositados constituyen un patrimonio independiente de la institución.
- El artículo 5º transitorio de la Ley N° 19.578 de 1998 otorga un beneficio tributario consistente en la rebaja del 50% de los dividendos e intereses provenientes de depósitos en bancos e instituciones financieras de la base imponible del Impuesto Global Complementario, con un límite anual.
- La consulta que motiva el dictamen versa sobre si las CCAFs, al operar cuentas de ahorro bajo la Ley N° 19.281, deben ser consideradas 'instituciones financieras' para efectos de aplicar e...
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