SII - Oficio N°4730 (11/12/2000)

Procedencia Exención Impuesto Adicional Fletes Marítimos Naves Malta Reciprocidad

Abstracto

Servicio de Impuestos Internos analiza si documentos de Malta acreditan reciprocidad para exención de impuesto adicional a fletes marítimos de naves maltenses, según Ley de la Renta.

Resumen

  • El Servicio de Impuestos Internos (SII), mediante Oficio Ordinario N° 4730, analiza la procedencia de una exención de Impuesto Adicional a los fletes marítimos para naves de la República de Malta.
  • La exención tributaria solicitada se fundamenta en el principio de reciprocidad establecido en el numeral 4 del artículo 59 de la Ley de la Renta.
  • Chile requiere que el principio de reciprocidad tributaria comprenda no solo a los residentes en Chile, sino también a las personas jurídicas constituidas o domiciliadas en Chile y a los nacionales chilenos, independientemente de su domicilio o residencia.
  • En un pronunciamiento anterior (Oficio N° 995), el SII determinó que los documentos presentados por Malta no acreditaban dicho principio de reciprocidad.
  • Malta, a través de Nota Verbal N° 5...

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