SII - Resolución N°5396 (07/12/2000)

Resolución establece obligación de declarar y pagar impuestos en moneda nacional.

Abstracto

Se establece la obligación de declarar y pagar todos los impuestos en moneda nacional a partir del 1 de enero de 2001, fijando las reglas para la determinación de equivalencias en moneda extranjera.

Resumen

  • El Artículo 18 del Código Tributario Chileno establece como norma general que los contribuyentes deben llevar su contabilidad, presentar sus declaraciones y pagar los impuestos que correspondan, en moneda nacional.
  • El inciso tercero del Artículo 18 del Código Tributario permite al Director Regional autorizar que se lleve la contabilidad en moneda extranjera cuando el capital de una empresa se haya aportado en dicha moneda o la mayor parte de su movimiento sea en ella, siempre que esto no disminuya o desvirtúe la base para el pago de impuestos.
  • Los contribuyentes tienen la obligación general de llevar la contabilidad, declarar y pagar en moneda nacional, a menos que cuenten con autorización del Director Regional para llevar su contabilidad en moneda extranjera.
  • A partir del 1° de en...

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