SII - Circular N°28 (03/04/2002)
Circular N°28: Instrucciones Tributarias Seguros Dotales Ley 19.768
Abstracto
Instrucciones sobre tratamiento tributario de seguros dotales tras Ley 19.768, detallando exenciones, requisitos, cálculo y vigencia de nuevas normas.
Resumen
- La Circular N°28 de 2002 instruye sobre el tratamiento tributario de los seguros dotales, derivado de la modificación al N°3 del artículo 17 de la Ley de la Renta por la Ley N°19.768.
- La Ley N°19.768 modificó el artículo 17, N°3 de la Ley de la Renta para restringir la exención de renta en seguros dotales.
- Las cantidades percibidas por el beneficiario o asegurado en cumplimiento de un seguro dotal no serán renta si el contrato no se acoge al artículo 57° bis, el plazo es superior a cinco años desde su celebración, y se cumplen otros requisitos.
- La exención de renta anual para seguros dotales se limita a la parte que no exceda de 17 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), valorizadas al 31 de diciembre del año de percepción del ingreso.
- Este límite anual de 17 UTM se aplica al conju...
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