SII - Oficio N°2969 (20/08/2002)
Plazo para presentación de declaración jurada simple por beneficio tributario
Abstracto
Se aclara el plazo legal, fijado por Ley N° 19.753 al 30 de abril de 2002, para presentar la declaración jurada simple sobre beneficiario de crédito hipotecario en copropiedad, sin posibilidad de postergación administrativa.
Resumen
- El documento se refiere a la presentación de una declaración jurada simple relativa al beneficio del crédito hipotecario para la adquisición de vivienda en comunidad, bajo el artículo 3° transitorio de la Ley N° 19.753.
- El artículo 3° transitorio de la Ley N° 19.753, publicado el 28.09.2001, regula el acceso al beneficio del artículo 55° bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta (LIR).
- Para acogerse al beneficio del artículo 55° bis de la LIR, los contribuyentes que ya se beneficiaban de la Ley N°19.622 debían renunciar a este último mediante una declaración jurada.
- La renuncia o declaración jurada debía presentarse al Servicio de Impuestos Internos (SII) hasta el 30 de abril del año 2002.
- Los contribuyentes que hubieren adquirido una vivienda en comunidad, financiada con crédito h...
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