SII - Oficio N°3033 (26/08/2002)
Interpretación sobre beneficio tributario Ley 19.622 y refinanciamiento de créditos hipotecarios
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos aclara que el beneficio tributario de Ley 19.622 se mantiene en refinanciamientos de créditos hipotecarios si solo se reduce la tasa de interés sin nuevo crédito, pero se pierde si se paga la deuda original con un nuevo préstamo.
Resumen
- La Ley N° 19.622 de 1999 otorga un beneficio tributario para la adquisición de viviendas nuevas acogidas a las normas del D.F.L. N° 2, de 1959, principalmente a través de la rebaja de tasas de interés en créditos hipotecarios.
- El Servicio de Impuestos Internos, a través de la Circular N° 46 de 1999, instruyó que el beneficio tributario de la Ley N° 19.622 se mantiene en casos de renegociación o refinanciamiento de la obligación hipotecaria original.
- Para que el beneficio tributario se conserve durante una renegociación, se deben cumplir condiciones específicas: no aumentar el plazo ni el monto del crédito original, que la vivienda adquirida siga hipotecada y que no se sustituya por otro bien.
- La ley y las instrucciones del Servicio contemplan la posibilidad de mantener el beneficio...
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