SII - Oficio N°417 (29/01/2004)
Aplicación del IVA a Contratos de Código Compartido como Fletamento de Aeronaves
Abstracto
Este Oficio determina que los contratos de Código Compartido (Codeshare) se asimilan a fletamento de aeronaves para transporte internacional, aplicando la exención de IVA y confirmando el derecho a recuperación del impuesto para el operador.
Resumen
- El contrato de Código Compartido (Codeshare) implica que una aerolínea (operador, A) pone a disposición de otra (comercializadora, B) parte de la capacidad de sus aeronaves para vuelos específicos, operados por A, quien conserva la responsabilidad del mantenimiento, tripulación y operación.
- La aerolínea B comercializa estos vuelos bajo su propio código de designación aérea, además del código del operador A.
- La contraprestación de B a A se compone principalmente de un pago basado en las horas voladas y el valor del combustible utilizado en la operación.
- La consulta sought clarification on whether the payments for hours flown and fuel under a Codeshare contract are subject to Value Added Tax (IVA).
- El artículo 8º del D.L. N° 825 grava con IVA las ventas y servicios, definiendo serv...
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