SII - Oficio N°5184 (01/12/2004)
Oficio SII: IVA e Impuesto Adicional en Licenciamiento de Software y Consultorías
Abstracto
Este Oficio del SII re clasifica servicios de asesoría técnica vinculados al software como no afectos a IVA, confirmando tributación sobre licenciamiento de software y estableciendo reglas para Impuesto Adicional en operaciones internacionales.
Resumen
- Los servicios de asesoría y consultoría técnica, calificados como prestaciones de carácter civil independientes de las licencias o sublicencias de programas computacionales, no están afectos a Impuesto al Valor Agregado (IVA).
- Estos servicios de asesoría técnica son clasificados bajo el número 5 del artículo 20 de la Ley de la Renta.
- La reclasificación de estos servicios como no afectos a IVA aplica independientemente del sujeto que los preste.
- La conclusión de que los servicios de asesoría técnica no están afectos a IVA se mantiene incluso si dichos servicios son accesorios o indispensables para el adecuado funcionamiento de los programas computacionales licenciados o sublicenciados.
- Los contratos de licenciamiento y sublicenciamiento de programas computacionales o softwares se ...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora