SII - Oficio N°5287 (10/12/2004)

Valorización de Derechos Sociales en Transformación de Sociedad Anónima a Sociedad de Personas

Abstracto

Se instruye sobre la contabilización y reajuste de derechos sociales de una sociedad de inversiones, originados por la transformación de una sociedad anónima en una de responsabilidad limitada, conforme al artículo 41 N° 9 de la Ley de la Renta.

Resumen

  • La transformación de sociedades se define legalmente como el cambio de especie o tipo social, efectuado por reforma del contrato social o estatutos, subsistiendo la personalidad jurídica de la entidad.
  • Tras la transformación de una sociedad, para efectos tributarios, subsiste la misma persona jurídica y contribuyente, manteniendo la totalidad de sus activos, pasivos y patrimonio.
  • Al transformar una sociedad anónima en una sociedad de responsabilidad limitada, la inversión de una sociedad de inversiones en acciones de la primera debe ser reclasificada como derechos sociales en la nueva sociedad de personas por el mismo valor que tenían las acciones contabilizadas.
  • El N° 9 del artículo 41 de la Ley de la Renta establece que los aportes a sociedades de personas, incluyendo derechos so...

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