SII - Oficio N°77 (10/01/2005)

Aplicación franquicia IVA importación aeronaves destinadas a arrendamiento

Abstracto

El Servicio de Impuestos interpreta que la franquicia del DL 2.564, Art. 8°, sobre importación de aeronaves no aplica si estas son destinadas al arrendamiento a terceros, ya que el importador deja de ser el 'explotador' y no realiza 'trabajo aéreo'.

Resumen

  • Consulta sobre la aplicación de la franquicia tributaria del artículo 8º del Decreto Ley Nº 2.564, de 1979, a la importación de aeronaves destinadas a su arrendamiento a terceros.
  • El consultante argumentó que el arrendamiento de aeronaves constituye "trabajo aéreo" según el Código Aeronáutico y el Código de Comercio, y por ende, debería beneficiarse de la franquicia.
  • El artículo 8º del Decreto Ley Nº 2.564, de 1979, permite al Tesorero General de la República recibir pagarés o letras de cambio por el monto del IVA generado en la importación o arrendamiento de aeronaves.
  • El Servicio de Impuestos analiza el concepto de "trabajo aéreo" definido en el artículo 95º del Código Aeronáutico, que consiste en la "explotación de cualquier otra actividad comercial realizada por medio de aerona...

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