SII - Oficio N°1221 (31/03/2006)

Interpretación sobre Exención Impuesto Territorial de Bienes Raíz del SAG

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara que los bienes raíces del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) gozan de exención total de Impuesto Territorial según Ley 17.235, al considerarse el SAG parte del "Fisco" sin aplicar las excepciones normativas.

Resumen

  • El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) solicitó interpretación sobre la exención de Impuesto Territorial para sus bienes raíces, invocando el N° 1, letra A), Párrafo I del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235.
  • La Ley N° 17.235, en su Cuadro Anexo, Párrafo I, N° 1 letra A), establece la exención del 100% del Impuesto Territorial para el "Fisco".
  • Dicha exención general del "Fisco" contiene excepciones, incluyendo las sedes matrices de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los Ministerios, Servicios Públicos, Intendencias y Gobernaciones, y los casos previstos en el artículo 27° de la ley.
  • El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha interpretado reiteradamente que el concepto "Fisco", para efectos de la aplicación del Impuesto Territorial, abarca a todo organismo estatal central...

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