SII - Oficio N°1221 (31/03/2006)
Interpretación sobre Exención Impuesto Territorial de Bienes Raíz del SAG
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos aclara que los bienes raíces del Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) gozan de exención total de Impuesto Territorial según Ley 17.235, al considerarse el SAG parte del "Fisco" sin aplicar las excepciones normativas.
Resumen
- El Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) solicitó interpretación sobre la exención de Impuesto Territorial para sus bienes raíces, invocando el N° 1, letra A), Párrafo I del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235.
- La Ley N° 17.235, en su Cuadro Anexo, Párrafo I, N° 1 letra A), establece la exención del 100% del Impuesto Territorial para el "Fisco".
- Dicha exención general del "Fisco" contiene excepciones, incluyendo las sedes matrices de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de los Ministerios, Servicios Públicos, Intendencias y Gobernaciones, y los casos previstos en el artículo 27° de la ley.
- El Servicio de Impuestos Internos (SII) ha interpretado reiteradamente que el concepto "Fisco", para efectos de la aplicación del Impuesto Territorial, abarca a todo organismo estatal central...
Desbloquea el contenido completo gratis
Regístrate ahora para acceder a todas las respuestas y características completas de nuestro asistente legal.
Iniciar Sesión
Ingresa tu correo electrónico abajo para iniciar sesión en tu cuenta
O continuar con
Investigación Jurídica con IA
Ahorra cientos de horas al mes con la nueva plataforma para encontrar y analizar jurisprudencia instantáneamente con inteligencia artificial.
Prueba ahora