SII - Oficio N°1222 (31/03/2006)

Aplicación exención Impuesto Territorial a inmuebles Dirección General de Crédito Prendario

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos informa que los inmuebles de la Dirección General de Crédito Prendario califican para la exención del 100% del Impuesto Territorial, al ser considerados parte del concepto 'Fisco', salvo en casos de arriendo o concesión.

Resumen

  • Se consulta la aplicabilidad de la exención del 100% del Impuesto Territorial sobre inmuebles de propiedad de la Dirección General de Crédito Prendario (DICREP), conforme al N° 1 letra a) del Párrafo I del nuevo Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235.
  • La consulta se originó porque la exención estaba prevista expresamente en el Cuadro Anexo derogado de la Ley N° 17.235, pero no fue reproducida en el actual.
  • El N° 1, letra A), Párrafo I del Cuadro Anexo de la Ley N° 17.235 establece que el 'Fisco', con excepción de los bienes raíces de las sedes matrices de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, de Ministerios, Servicios Públicos, Intendencias y Gobernaciones, y los casos del artículo 27 de la ley, está exento del 100% del Impuesto Territorial.
  • El Servicio de Impuestos Internos ha ...

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