SII - Circular N°23 (18/04/2006)
Aplicación sobretasa impuesto territorial a sitios no edificados y abandonados
Abstracto
Circular imparte instrucciones para aplicar sobretasa del 100% del impuesto territorial a sitios urbanos no edificados, propiedades abandonadas o pozos lastreros, según Ley 20.033, excluyendo áreas de expansión y rurales.
Resumen
- Modificación Legal Clave: La Ley N° 20.033 (01/07/2005) introdujo modificaciones a la Ley N° 17.235 sobre Impuesto Territorial, estableciendo una sobretasa de contribuciones.
- Naturaleza y Monto de la Sobretasa: Se aplicó una sobretasa permanente del 100% sobre la tasa vigente del impuesto territorial.
- Ámbito de Aplicación Territorial: La sobretasa rige para bienes raíces no agrícolas ubicados en áreas urbanas.
- Tipos de Predios Afectos a Sobretasa: La sobretasa se aplica a sitios no edificados, propiedades declaradas abandonadas y pozos lastreros.
- Exclusiones Geográficas Específicas: La sobretasa no es aplicable en áreas de expansión (extensión) urbana ni en áreas rurales.
- Definición de "Sitio No Edificado": Se considera aquel en donde no existe ningún tipo de edificio terminado...
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