SII - Resolución N°41 (12/04/2006)
Resolución SII amplía plazo Declaración Jurada rendimiento vehículos diésel
Abstracto
El SII otorga un plazo excepcional hasta el 15 de junio de 2006 para la Declaración Jurada de rendimiento de vehículos diésel por empresas de transporte terrestre de carga, facilitando el cumplimiento tributario.
Resumen
- La Resolución Exenta N° 121 del 2004 estableció la obligación para las empresas de transporte terrestre de carga, conforme al artículo 2º de la Ley 19.764 de 2001, de presentar una Declaración Jurada Anual al Servicio de Impuestos Internos.
- Dicha Declaración Jurada debe contener información sobre el rendimiento de los vehículos que explotan y utilizan petróleo diésel.
- El Formulario 1867 es el medio establecido para la presentación de esta Declaración Jurada sobre detalle de rendimiento por vehículos.
- Se considera necesario facilitar el cumplimiento tributario de los contribuyentes afectos a esta obligación.
- Se autoriza, excepcionalmente para el año tributario 2006, un nuevo plazo para la presentación de la Declaración Jurada.
- El nuevo plazo fijado para la presentación es hasta ...
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