SII - Oficio N°272 (05/02/2009)
Interpretación del Servicio de Impuestos Internos sobre primera transferencia y exención DFL N°2
Abstracto
El SII define "primera transferencia" de viviendas económicas para exención de Impuesto a Herencias y Donaciones bajo DFL N°2 de 1959, requiriendo la inscripción del primer título traslaticio de dominio mediante escritura pública.
Resumen
- El Servicio de Impuestos Internos (SII), mediante Oficio N°272 de 2009, analiza el concepto de "primera transferencia" para la aplicación de la exención del Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones, establecida en el artículo 16 del D.F.L. N°2 de 1959 sobre Plan Habitacional.
- El SII extiende la interpretación de "primera transferencia" de la Circular N°160 de 1976 (que se refería a la exención del Impuesto de Timbres y Estampillas bajo el Art. 13) al ámbito de la exención del Art. 16 del D.F.L. N°2 de 1959.
- La "primera transferencia" de viviendas económicas y terrenos, según la Circular N°160 de 1976, se entiende como la inscripción en el Conservador de Bienes Raíces del primer título traslaticio de dominio (compraventa, donación, permuta, etc.) que permita la tradición de...
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