SII - Oficio N°1719 (15/05/2009)

Determinación de base imponible y registro del IVA en ventas a plazo según vendedor

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos aclara que los reajustes e intereses en ventas a plazo solo forman base imponible de IVA si el crédito lo otorga el vendedor; de lo contrario, están exentos. El IVA se devenga al hacerse exigibles o percibirse.

Resumen

  • El oficio aborda la consulta sobre cómo determinar la base imponible del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en ventas a plazo y cómo registrar dicho impuesto en las boletas de ventas y servicios, conforme a la normativa vigente.
  • Los contribuyentes tienen la obligación de emitir boletas por las operaciones realizadas con consumidores finales, incluso en casos de ventas y servicios exentos, según lo establece el Artículo 53, letra b), del D.L. N° 825, de 1974.
  • En el caso de las boletas de venta y servicio, el Impuesto al Valor Agregado debe ser incluido dentro del precio total de la operación, no procediendo su desagregación en valores de venta bruta, venta neta y monto del impuesto. El cumplimiento del requisito de indicar el monto de la operación se satisface al incluir el IVA en dicho...

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