SII - Oficio N°1726 (15/05/2009)

Calificación de gasto necesario para producir renta en subsidio de interés hipotecario

Abstracto

El Servicio de Impuestos Internos determina que los subsidios de interés hipotecario otorgados por inmobiliarias a compradores para incentivar ventas son gastos necesarios deducibles, si cumplen requisitos legales y están debidamente acreditados.

Resumen

  • La Ley sobre Impuesto a la Renta define como "gasto necesario para producir la renta" aquellos desembolsos que cumplan requisitos copulativos establecidos en el artículo 31.
  • Los requisitos para la deducibilidad de un gasto son: 1) relación directa con el giro o actividad; 2) ser menester, indispensable o faltar para un fin determinado, no siendo superfluo; 3) no estar rebajado como parte integrante del costo directo de bienes/servicios; 4) haber sido efectivamente incurrido (pagado o adeudado); y 5) acreditarse o justificarse fehacientemente ante el Servicio de Impuestos Internos.
  • Se considera "gasto rechazado" aquel desembolso o pago que no cumple con alguno de los requisitos señalados precedentemente para ser considerado gasto necesario.
  • La consulta se refiere a la calificación d...

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