SII - Oficio N°1769 (20/05/2009)
Tratamiento Tributario del Fondo de Compensación Solidario Interisapres
Abstracto
El Servicio de Impuestos Internos aclara que los aportes al Fondo de Compensación Solidario Interisapres no están afectos a IVA ni a Impuesto a la Renta, salvo el excedente de cotizaciones que financia prestaciones GES, y su documentación puede ser interna.
Resumen
- El Fondo de Compensación Solidario Interisapres tiene como objetivo solidarizar los riesgos en salud entre beneficiarios de ISAPRES, cubriendo problemas de salud de las Garantías Explícitas en Salud (GES).
- Las ISAPRES realizan traspasos de fondos entre sí utilizando una cuenta bancaria exclusiva, según parámetros técnicos y notificaciones de la Superintendencia de Salud.
- El funcionamiento del Fondo generó dos consultas: la formalidad documental de las transacciones y sus efectos tributarios (Renta e IVA).
- Las ISAPRES son contribuyentes sujetos a la Ley de la Renta por sus ingresos brutos, los cuales, sin deducción, están afectos a Pagos Provisionales Mensuales.
- Los ingresos de las ISAPRES por cotizaciones se consideran tributables solo en la parte que exceda el financiamiento de ...
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