SII - Oficio N°1840 (27/05/2009)
Tratamiento tributario de la negociación de acciones en grupos o paquetes
Abstracto
La Dirección tributaria clarifica que la enajenación de acciones en grupos o paquetes se rige por las mismas normas que la venta individual, debiendo el cálculo del mayor valor realizarse por acción, con posibilidad de exención bajo Art. 18 ter.
Resumen
- El documento aborda el tratamiento tributario de la negociación de acciones en grupos o paquetes en la Bolsa de Comercio.
- Un 'paquete de acciones' se define como un conjunto predeterminado de acciones de una o más sociedades anónimas abiertas listadas en bolsa.
- La negociación de paquetes de acciones busca generar beneficios de liquidez, menores costos operacionales y mayores estrategias de inversión.
- El tratamiento tributario aplicable a la enajenación de acciones en grupos o paquetes es equivalente al de la venta de dichas acciones individualmente.
- Las normas tributarias sobre el mayor valor obtenido en la enajenación de acciones de sociedades anónimas, reguladas por la Ley de la Renta (Art. 17°, N°8 letra a), Art. 18°, y Art. 18 ter), no distinguen si la enajenación se efectúa ...
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