SII - Oficio N°1269 (29/07/2010)

Tratamiento tributario de primas de seguro de vida escolar

Abstracto

Servicio de Impuestos Internos aclara que colegios pueden deducir primas de seguro de vida que garantizan continuidad de estudios de alumnos como gasto necesario para producir renta.

Resumen

  • El documento consulta sobre el tratamiento tributario de las primas de seguro de vida pagadas por un establecimiento educacional, destinadas a garantizar la continuidad de estudios de los alumnos ante el fallecimiento del sostenedor económico.
  • Se analiza si el pago de estas primas constituye un gasto necesario para producir la renta, deducible del Impuesto de Primera Categoría.
  • La Corporación XXXX, con giro de educación y contabilidad completa, registra como gasto los pagos de un 'Seguro de Vida sostenedor económico'.
  • Este seguro beneficia al colegio al cubrir los gastos de colegiatura en caso de muerte o incapacidad del padre, madre o tutor que sustenta económicamente al alumno.
  • La cobertura se extiende durante todo el período de permanencia del alumno en el establecimiento, des...

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